“La libre elección del notario es un derecho irrenunciable del consumidor”

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Según declaró Alfonso Cavallé, responsable del nuevo Órgano de Control de Cláusulas Abusivas notarial, en la UIMP

"La libre elección del notario es un derecho irrenunciable del consumidor"

"La libre elección del notario es un derecho irrenunciable del consumidor, con consecuencias en la fase precontractual y contractual, ya que afectan a un principio básico como es el recibir en tiempo oportuno una información jurídica adecuada. Cualquier práctica que dificulte o limite este derecho es una práctica abusiva", manifestó Alfonso Cavallé, decano del Colegio Notarial de Canarias, presidente de la Comisión de Consumo del CGN y responsable del Órgano de Control de Cláusulas Abusivas notarial en la clausura del curso Tutela del consumidor en la contratación financiera, organizado por el Notariado dentro de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

30/07/2014

“En ámbitos de contratación bajo condiciones generales de gran trascendencia económica para los consumidores –apuntó Cavallé-, dado el valor de los bienes, las obligaciones y responsabilidades que asumen, el Estado pone como herramienta la intervención del notario. Son muchas las normas que imponen deberes concretos al notario en defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios de productos financieros e hipotecarios. Sin embargo, al consumidor no se le está dando suficiente información sobre derechos que tiene, como el de elegir notario, el recibir con suficiente antelación de las entidades financieras la Ficha de Información Personalizada sobre su préstamo y de revisar el documento en la notaría en los días anteriores al otorgamiento, mecanismos todos ellos que buscan garantizar un consentimiento libre, verdaderamente formado e informado”.

Durante la mesa redonda bajo el título Cláusulas en la contratación bancaria: determinación, control e interpretación, participaron junto a Cavallé, el magistrado Francisco Marín Castán, presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo y Javier Rodríguez Pellitero, vicesecretario general y jefe de la asesoría jurídica de la Asociación Española de Banca.

Para Castán, la labor de la judicatura está resultando determinante para la efectiva protección del deudor hipotecario. "Se ha mostrado la necesidad de una doctrina jurisprudencial que haga verdaderamente efectiva la protección que la ley dispensa a los adquirentes de viviendas por compraventa o en régimen de cooperativa. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo viene dedicando cada vez más atención a estas materias, dado el creciente número de recursos que las plantean; sentencia a sentencia, como es propio de la jurisprudencia, se van sentando criterios que contribuirán a unificar la interpretación y aplicación del derecho por todos los tribunales civiles y a orientar las líneas de actuación de sectores tan relevantes de la comunidad jurídica como el Notariado. Los jueces, por tanto, se encuentran ante una difícil labor para la que, sin embargo, están especialmente cualificados no solo por su preparación jurídica sino también por su independencia e imparcialidad.

En opinión de Rodríguez Pellitero, "algunos inversores infravaloraron los riesgos que suponía adquirir productos de inversión. La insatisfacción proviene del resultado económico; el reproche general al comportamiento de las entidades es una crítica coyunturalista debida a la situación de fluctuación económica de los mercados". El representante de la patronal bancaria demandó una "mayor comprensión de los productos por parte de los clientes", mientras que -por parte de bancos y cajas- una mejora de la formación de su personal y una simplificación de los productos!".  

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