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Un estudio europeo ensalza la eficacia de los notarios españoles en la prevención del blanqueo

Un estudio encargado por el Ejecutivo comunitario a Deloitte, multinacional de servicios profesionales, para examinar el impacto de la Directiva Europea Antiblanqueo, de reciente publicación, dedica un apartado especial al Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales (OCP) del Consejo General del Notariado español. El diagnóstico de los expertos de Deloitte resalta la efectividad de su mecanismo de control y supervisión, realizado a partir de la información recabada desde el Índice Único Informatizado (IUI), que compila y centraliza las transacciones que se formalizan en las 2.600 notarías del país, y el método de funcionamiento del que dice textualmente que "puede ayudar a las autoridades judiciales a identificar los movimientos de distintas propiedades inmobiliarias y, si hubiera interés, a bloquear cualquier operación" sospechosa.

17/02/2011

El informe elogia el Índice Único Informatizado, una base de datos centralizada que permite reforzar la implicación de los notarios en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo internacional El índice notarial maneja datos "integrados y compilados sobre las transacciones de todos los notarios", así como el tratamiento automatizado de dicha información, que incluye banderas rojas de alerta y patrones de funcionamiento específicos

El informe de la Comisión Europea y Deloitte responde al elocuente título de Estudio Final sobre la Aplicación de la Directiva Antiblanqueo (en inglés) y ha sido recientemente publicado en la página oficial del Ejecutivo comunitario. En este análisis exhaustivo -de 347 páginas en las que se repasan la legislación y los instrumentos de los socios de la Unión para perseguir esta figura delictiva- se dedica un apartado especial al Órgano Centralizado de Prevención de blanqueo de capitales del Notariado español. “Resulta interesante el desarrollo del Índice Unificado (base de datos centralizada), un sistema que permite reforzar la implicación de los notarios en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y que maneja información desde 2004”, asegura el informe.

Operativa del OCP

El diagnóstico encargado por el Ejecutivo comunitario resalta, además, el papel del OCP español en los siguientes términos:

- Recibe y examina informes enviados por los notarios basados en una lista de indicadores de riesgos elaborada por el OCP.

- Informa sobre las transacciones sospechosas (STR’s, según sus siglas en inglés).

- Envía los requerimientos de información de otras autoridades competentes (Sepblac, el organismo FIU –Financial Intelligence Unit- de España; representantes de instancias legales y jueces).

- Realiza guías para el adecuado desarrollo de las normas y regulación antiblanqueo y contra la financiación del terrorismo.

- Establece entrenamiento a notarios para la permanente actualización de la tipología de información necesaria para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Los rasgos esenciales del OCP, que empezó a funcionar en 2005 a raíz de la Orden Ministerial 2963 / 2005, es el “pleno uso de las potencialidades del denominado Índice Único Informatizado, una experiencia fructífera que se ha trasladado a otras áreas de cooperación con las autoridades como la información fiscal”. Así como el manejo de datos “integrados y compilados sobre las transacciones de todos los notarios” y el tratamiento automatizado de dicha información, que incluye banderas rojas y patrones de funcionamiento concretos.

Tipología de indicadores

El examen que realizan los analistas del OCP con los datos suministrados por las 2.600 notarías españolas se actualiza “cada vez que sea necesario” y se entrega a los notarios a través de la intranet privada de este colectivo. Estas labores de supervisión incorporan dos tipos de indicadores. Unos marcadamente objetivos -por ejemplo, la edad de la persona vinculada a una operación concreta, fondos procedentes de territorios de riesgo (esencialmente paraísos fiscales y centros off-shore), dinero o capital utilizado- y otros con un alto componente subjetivo para identificar los riesgos de blanqueo, como cualquier transacción inconsistente con el grado de actividad del cliente.

En el proceso de control de los datos, los expertos del OCP utilizan “la información interna del IUI y pueden identificar cualquier otra transacción realizada por una persona a través de otros notarios”. Y, paralelamente, también pueden acceder a información externa, de bases de datos públicas como los Registros Mercantiles y de la Propiedad, entidades financieras o Internet, como la base de datos financieros y empresariales Factiva, de Dow Jones & Company. “Si la información generada durante el procedimiento de supervisión determina una conclusión lógica, el informe queda archivado”, explica el informe. Pero si no resulta así y, en consecuencia, “presenta un dictamen sospechoso, se envía al Sepblac”.

Alertas telemáticas

En definitiva -resalta la consultora Deloitte- las informaciones obtienen la vitola del OCP, por lo que no son informes individuales de notarios, en consonancia con los indicadores de riesgo predefinidos y a través de su base de datos centralizada, el IUI.

La bandera roja de este índice significa que “otra autoridad competente ha requerido los datos” mientras que la bandera azul certifica que la información “ya ha sido enviada al Sepblac”.

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