Curso de El Escorial sobre Derecho Contractual Europeo. lunes 11 de julio

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Europa apuesta por una mayor protección jurídica de los consumidores y de las empresas europeas

"La Comisión Europea (CE) presentará en octubre una propuesta de Reglamento opcional en Derecho Contractual Europeo. Este reglamento tendrá dos características: garantizará un alto nivel de protección jurídica a los consumidores y a las empresas europeas, y será de más calidad que los instrumentos nacionales", según dio a conocer ayer, 11 de julio, Francisco Fonseca, director de la representación en España de la Comisión Europea, en el seminario sobre "Derecho Contractual Europeo" que organiza el Consejo General del Notariado en el marco de los cursos de verano de El Escorial, de la Universidad Complutense de Madrid.

12/07/2011

Los elementos claves del futuro Reglamento serán: la libertad de elección de las partes; que pueda ser de aplicación en el mundo on line, y que sea particularmente atractivo para la pymes, ofreciéndoles transacciones más sencillas con la mayor seguridad jurídica.

 

Fonseca aseguró que “este Reglamento no reemplazará a los regímenes nacionales sino que coexistirá con ellos, basándose en la libertad de elección de las partes”. El representante en España de la CE ha explicado que sólo se aplicará en situaciones transfronterizas, aunque los Estados europeos serán libres de utilizarlo en contratos domésticos”. Según Fonseca “La Comisión toma esta decisión para avanzar por etapas y hacer un test de 2-3 años para ver cómo lo utilizan las empresas y los consumidores y si sería posible  llegar a reemplazar a los regímenes nacionales por uno comunitario”.

Los elementos claves del futuro Reglamento serán: la libertad de elección de las partes; que pueda ser de aplicación en el mundo on line, y que sea particularmente atractivo para la pymes, ofreciéndoles transacciones más sencillas con la mayor seguridad jurídica.

Para desarrollar este Reglamento la Comisión Europea ha tenido en cuenta el Libro Verde existente sobre la materia, las 300 respuestas que ha recibido sobre la consulta pública que se cerró en enero, y el informe que encargó a un grupo de 17 expertos, que le entregaron en mayo.

De todo ello se evidencia, según ha expuesto Fonseca, “que hace falta un Derecho Europeo de Contratos reconocido por todos los actores del marco europeo para facilitar el comercio, ofreciendo un juego de reglas tanto a los consumidores como a las empresas”. El mercado interior europeo se basa en un sinfín de contratos que rigen diferentes regulaciones europeas, “lo que acarrea costes adicionales, y crea inseguridad jurídica y falta de confianza de los consumidores”, aseguró. miembros; o la desconfianza una ciudadana finlandesa  que prefiere comprar productos franceses un 30% más caros en Finlandia que hacerlo por internet;  o el de un ebanista polaco que para redactar un contrato con potenciales clientes alemanes e italianos tendría que gastarse 10.000 euros contratando una firma de abogados internacional.

Manuel Medina, ex parlamentario europeo, aseguró tener la impresión de que “el grupo de expertos ha hecho un buen trabajo, que será la base del Reglamento que en octubre presentará la CE, como ha anunciado Fonseca”. Asumiendo el papel de abogado del diablo ha expresado su temor “a que este Reglamento no se utilice por las empresas y los consumidores al entrar en competencia con el Derecho inglés que es el más requerido internacionalmente”.

El presidente del Consejo General del Notariado, Javier Guerrero, ha destacado que este curso se enmarca dentro de los actos conmemorativos del 150 Aniversario de la Ley del Notariado, porque “estábamos convencidos que éstos debía versar sobre la Autonomía de Voluntad, espacio en el que los notarios ejercemos nuestra labor y, dentro del ámbito europeo, en analizar la libertad de pactos y su delimitación por el Derecho Contractual Europeo”.

En este seminario participan altos representantes comunitarios, catedráticos, políticos, juristas y notarios, que debaten sobre los principios y las reglas básicas con los que debe articularse el principio de libertad contractual, así como sobre su concepto y delimitación dentro del marco común europeo.

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