Más de 1.100 legados en favor de causas benéficas en el 2018

El Notariado informa

Búsqueda  
null Más de 1.100 legados en favor de causas benéficas en el 2018

Hoy se celebra el Día Internacional del Legado Solidario

Más de 1.100 legados en favor de causas benéficas en el 2018

En el año 2018 se realizaron 1.134 legados solidarios en España. Del total, 688 (60,6%) han ido destinados a la Iglesia y 446 (39,3%) se han realizado en favor de ONGs, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

13/09/2019

Del total, el 60,6% han ido destinados a la Iglesia y el 39,3% a fundaciones y ONGs Para realizar un legado solidario, el legatario deberá acudir al notario, que le prestará asesoramiento imparcial y se cerciorará de que el contenido se ajusta al Derecho.

Algunos ciudadanos deciden que, en el momento de su fallecimiento, dejarán una parte de sus bienes o patrimonio a algún tipo de institución religiosa, fundación u organización sin ánimo de lucro. Para ello, realizan un testamento en el que otorgan un legado solidario a favor de organizaciones benéficas.

En España, durante el 2018, se recogieron 1.134 legados de este tipo destinados a favorecer a entidades sin ánimo de lucro. Del total, 688 (60,6%) han ido destinados a órdenes religiosas y 446 (39,3%) a ONGs, fundaciones y otras entidades benéficas.

El papel del notario a la hora de hacer testamento solidario

Una vez el ciudadano decida hacer testamento podrá acudir al notario, con su DNI, y explicar cómo quiere dejar su patrimonio. En el caso de que decida realizar un legado solidario, podrá establecer una cantidad económica fija para que se destine a una entidad concreta o legar un bien tangible (una casa, un coche, joyas…), o genérico (una prestación, el derecho del cobro de una deuda, un porcentaje patrimonial o acciones).

El notario le dará asesoramiento imparcial y se cerciorará de que el contenido de su testamento se ajusta al Derecho, ya que se deberá respetar la herencia legitima, es decir, la obligación legal de dejar una cantidad a los llamados herederos forzosos, que puede variar de unas comunidades a otras. Por ello, el notario informará al ciudadano sobre las distintas particularidades de la legítima recogidas en la legislación autonómica.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, el notario redactará el testamento y procederá a su otorgamiento sin que se exija la presencia de testigos, salvo en casos excepcionales. Además, se encargará de su conservación y de notificarlo al Registro General de Últimas voluntades, donde también quedará depositado.


Voces relacionadas

Noticias más visitadas

15/03/2020

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dicta una Instrucción sobre la prestación del servicio público notarial

14/04/2020

El Notariado propone la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares

01/03/2023

Presentación del libro NIHIL PRIUS FIDE

Información relacionada

28/10/2013

Herencias y Legados con Corazón

Suscripciones

Suscríbase

Reciba las noticias de Notariado en su bandeja de correo electrónico.

Responsable: Consejo General del Notariado.

Finalidad: enviar al usuario comunicaciones de alertas y el boletín informativo del Notariado y gestión de las solicitudes realizadas.

Legitimación: consentimiento del usuario.

Destinatarios: no se cederán datos a terceros salvo en caso de obligación legal.

Derechos: acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de los datos en las condiciones establecidas en la Política de privacidad del CGN.

Información puede consultar la Política de Privacidad del CGN.

Texto a identificar Refrescar CAPTCHA