Servicios electrónicos

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La tramitación telemática de sociedades

Respondiendo a la necesidad de crear un marco jurídico y administrativo que propiciara la puesta en marcha, menos costosa y más rápida, de pequeñas y medianas empresas, el Notariado español desarrolló una aplicación para la creación de la “Sociedad Limitada Nueva Empresa” (SLNE) y de la “Sociedad de Responsabilidad Limitada” (SRL) mediante la gestión de documentos y transmisión de datos en la notaría y los organismos involucrados en la constitución de una sociedad:

 

  • Circe
  • Registro Mercantil Central
  • Comunidad Autónoma
  • Seguridad Social
  • Registro Mercantil Provincial
  • AEAT
  • Ayuntamientos, Diputaciones, en caso de determinados tipos de aportaciones.

 

Por medio de un complejo mecanismo tecnológico, ahora es posible la total constitución de una empresa en 1 día, reduciendo radicalmente los trámites y las visitas a oficinas públicas.

 

Todos los trámites precisos para crear una SLNE o SRL se realizan desde la propia oficina notarial por medio de documentos notariales electrónicos y sin necesidad de que el emprendedor o empresario tenga ningún conocimiento tecnológico. El notario es pues uno de los pilares fundamentales de este sistema.

 

Con la tramitación telemática de sociedades limitadas ya no es necesario que el emprendedor tenga que ir al Registro Mercantil, la Seguridad Social y Hacienda, ya que el notario remite la documentación necesaria de forma telemática, y se convierte así, para el empresario, en la puerta de entrada segura al mundo de las nuevas tecnologías.

 

Solicitud del NIF (provisional y definitivo)

El objetivo de este servicio es aumentar la agilidad y el valor de las comunicaciones del Notariado hacia las distintas Administraciones Públicas, al disponer de comunicación directa y online con la AEAT para la obtención automática de NIFs provisionales para sociedades recién constituidas.

 

El uso de esta identificación es válido para las distintas comunicaciones derivadas de estas sociedades con lo que se soluciona el problema actual de no disponer de un NIF para las sociedades de reciente constitución en el momento de autorizar el notario un documento.

 

La obtención de un NIF provisional en un primer momento termina con la obtención del NIF definitivo, al confirmar el provisional la AEAT desde la propia oficina notarial una vez la escritura ha sido inscrita por el registro mercantil. Todo ello sin que el emprendedor, gracias a la labor del notario, deba efectuar ningún trámite adicional. 

 

Inscripción telemática de documentos en el registro

Mediante este servicio se puede realizar el proceso de inscripción de escrituras en los registros, bien sean mercantiles o de la propiedad, de forma telemática. Esta funcionalidad da respuesta a la Ley 24/2005 para el impulso de la productividad, que determina que todos los documentos susceptibles de ser registrados podrán ser presentados en éstos por vía telemática y con firma electrónica reconocida del notario autorizante, interviniente o responsable del protocolo.

 

El proceso se inicia con la presentación telemática de una escritura por parte del notario para su inscripción en el registro correspondiente. Una vez el registro recibe la petición, éste retorna de forma automática el número de entrada.

 

Tras el envío del número de entrada, el registro envía el número de asiento en un plazo máximo de 24 horas. Cabe la posibilidad de que éste último sea enviado por el registro y no por el registrador. En este caso el registrador tiene el plazo de 10 días hábiles para ratificarlo.

 

Finalmente, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción del número de asiento, el registro debe enviar la calificación correspondiente.

 

Ficha resumen para comunidades autónomas, ayuntamientos y diputaciones

El servicio permite la comunicación online de datos con los organismos mencionados sobre documentos notariales intervenidos que tuvieran afectación fiscal. Su generación se realiza a partir de los datos del Índice Único Informatizado Notarial ya rediseñado en su revisión de enero de 2007 para contener la información a facilitar en la ficha pactada entre el Consejo General del Notariado y una representación amplia de las Comunidades Autónomas, Federación Española de Municipios, Eudel (asociación de municipios del País Vasco), Diputaciones provinciales, etc.

 

Mediante estas comunicaciones se obtienen los datos más relevantes, a nivel tributario, para la gestión del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU, plusvalía), e Impuesto Bienes Inmuebles (IBI).

 

Liquidación de impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Mediante la aplicación de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) se ofrece a los ciudadanos y a la Administración Pública un medio telemático sencillo, rápido y seguro de colaborar conjuntamente en la estimación, liquidación y pago de ITP / AJD de los hechos imponibles relacionados con las Transmisiones Patrimoniales Onerosas, las Operaciones Societarias y los Actos Jurídicos Documentados de cada Consejería de Hacienda de las Comunidades Autónomas.

 

Se obtiene un justificante de pago del impuesto online para gestionar de forma completa y rápida la inscripción en los registros mercantiles y de la propiedad.

 

Solicitud de certificados de seguros de vida

Este servicio permite al notario, mediante un formulario telemático, proceder a la solicitud de certificados al Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, quien posteriormente los expide haciendo constar en qué contratos vigentes figura como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora están suscritos.

 

El notario, tras solicitar al interesado el certificado de defunción, rellena un formulario y lo envía con la firma electrónica al Registro de Seguros de Vida. En el plazo máximo de 7 días hábiles, el registro expide un certificado con la información solicitada. El notario debe, bajo su fe pública, trasladar a papel el certificado del Registro de Seguros e incorporarlo a la escritura de adjudicación o partición de herencia.

 

La solicitud del certificado lleva aparejado el devengo y liquidación de una tasa administrativa, de la cual es obligado tributario el interesado o solicitante del certificado, actuando en este caso el notario como presentante de la solicitud y pagador de la tasa.

 

Solicitud de certificados de seguros de últimas voluntades

Este servicio permite al notario, mediante un sencillo y ágil proceso telemático, proceder a la solicitud de certificados al Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia, quien posteriormente los expide.

 

El notario, tras solicitar al interesado el certificado de defunción, deberá rellenar un formulario y enviarlo con la firma electrónica al Registro General de Actos de Última Voluntad. En el plazo máximo de diez días hábiles, el registro expedirá un certificado con los testamentos realizados por la persona consultada, en el caso de que existan. El notario deberá, bajo su fe pública, trasladar a papel el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad e incorporarlo a la escritura de adjudicación o partición de herencia.

 

La solicitud del certificado lleva aparejado el devengo y liquidación de una tasa administrativa, de la cual es obligado tributario el interesado o solicitante del certificado, actuando en este caso el notario como presentante de la solicitud y pagador de la tasa.

 

Partes testamentarios y acta de abintestatos

Este servicio permite al notario efectuar, mediante un sencillo proceso telemático, la notificación de un parte testamentario o un acta de abintestato al colegio notarial. Este envío al colegio siempre va respaldado por la firma electrónica reconocida del notario (Feren).

 

El colegio, una vez cotejada la información recibida, se encarga de remitirla, con una periodicidad semanal, al Registro de General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia.

 

Consulta a la oficina virtual del Catastro

Mediante estas consultas se obtiene la certificación telemática descriptiva y gráfica de aquellas fincas (referencias catastrales) que disponen de cartografía digital. Desde los despachos notariales se accede a la aplicación con la tarjeta de firma electrónica reconocida notarial evitándose desplazamientos y aportando mayor información y seguridad en la realización de los actos jurídicos.

 

La certificación obtenida por el notario de forma telemática tiene la misma validez y produce los mismos efectos que la obtenida en papel en las oficinas del Catastro y constituye hoy en día un elemento insustituible para la seguridad jurídica que proporciona el notario:

 

  • Los certificados catastrales permiten cumplir con la obligación del notario de que, cuando los particulares no aporten la referencia catastral de las fincas objeto del negocio jurídico, puedan ser aportados por los notarios en cumplimiento de la obligación impuesta por el Texto Refundido de la Ley del Catastro.
  • Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas son elementos indispensables para la inmatriculación de fincas e inscripción de excesos de cabida, al tiempo que permiten proporcionar una información a los clientes del estado catastral de sus fincas, bien para rectificar los títulos, corroborarlos o tomar noticia de inexactitudes catastrales que tengan que ser rectificadas.

 

Tramitación de préstamos hipotecarios

Servicio destinado a entidades financieras que permite la tramitación telemática de préstamos hipotecarios controlando en todo momento el estado de los expedientes y permitiendo reducir costes y tiempos del trámite tanto a la notaría como a las propias entidades financieras.

 

Las aplicaciones que sustentan este servicio se realizan bajo un procedimiento estándar de comunicación con las entidades financieras. Dicha comunicación se basa en estrictos marcos de seguridad telemática mediante mensajes cifrados y uso de la firma electrónica, asegurando la libre elección del notario por parte del ciudadano mediante su identificación en cualquiera de los 2.900 despachos notariales. El notario accede al expediente bancario del cliente, descargándolo para poder asesorarle y posteriomente firmarlo, siempre que el cliente preste su consentimiento.

 

Tramitación de préstamos personales

Servicio destinado a entidades financieras que posibilita la tramitación telemática de préstamos personales controlando en todo momento el estado de los expedientes y permitiendo reducir costes y tiempos del trámite tanto a las notarías como a las propias entidades financieras.

 

Permite la gestión los siguientes tipos de operaciones:
 
  • Préstamos con garantía personal
  • Cuenta Crédito
  • Línea avales/Contra garantía de avales
  • Factoring
  • Afianzamiento
  • Leasing mobiliario

 

Comunicación y notificación de poderes procesales al Consejo General del Poder Judicial

Mediante este servicio cualquier poder otorgado en cualquier oficina notarial de España puede ser comunicado mediante canales seguros telemáticos al Punto Neutro Judicial para, en primer lugar, evitar el papel en la Administración de Justicia y en segundo lugar, permitir al secretario judicial consultar si el poder exhibido en cualquier procedimiento judicial es auténtico y sigue estando vigente.

 

Del mismo modo, el poder procesal otorgado en la notaría estará disponible en un portal seguro para todos los procuradores de España con el objetivo de que puedan consultar la copia, en tiempo real.

 

Precio metro cuadrado inmuebles

Servicio que permite obtener una valoración de mercado (precio por m2) de fincas urbanas y rústicas.

 

Como resultado se facilita una tabla con la evolución del precio por metro cuadrado de los últimos cinco años con variación porcentual y número entre años.

 

Adicionalmente para cada año se indica el número de muestras que cumplen los criterios de búsqueda.

 

Acta de Notoriedad Sefardíes

Servicio que permite enviar al Ministerio de Justicia el acta de notoriedad para la concesión de nacionalidad española a extranjeros de origen sefardí.

 

Con el fin de poder evaluar la solicitud realizada por el interesado antes de otorgar el acta de notoriedad, el notario se descarga del portal de nacionalidad de sefardíes toda la información y documentación que el interesado ha aportado.

 

Adicionalmente, el notario podrá emitir un documento de invitación a aquellos interesados que lo soliciten.

 

Deudas con la Comunidad de Propietarios

Servicio que permite la obtención telemática del certificado del estado de las deudas de un propietario con su comunidad de aquellas fincas que se van a escriturar en documento público de compraventa. Es de obligada aportación por el transmitente, tal y como regula el artículo 9.1 (e) de la Ley de la Propiedad Horizontal.

 

Servicios BOE

Servicio que ofrece un canal de comunicación con el BOE para:

 

  • Enviar el alta de una subasta al portal de subastas electrónicas del B.O.E. con la información de los interesados, las condiciones de la subasta, así como de los bienes.
  • Publicar anuncios en el BOE, conforme a las especificaciones establecidas por la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado.

 

Consulta Titularidad Real

Este servicio se crea con la intención de permitir al colectivo notarial reaprovechar la información que se viene consignando sobre la titularidad real de las sociedades que intervienen en documento público, permitiendo que cualquier notario o entidad adherida al servicio pueda obtener un informe de titularidad real de cualquier sociedad simplemente a partir del CIF de la misma.

 

Comunicación de Oficios

Servicio que permite comunicar la modificación, subsanación, rectificación y revocación de cualquier escritura autorizada por otro notario, y en cuyo protocolo se hallen las matrices que contienen los negocios jurídicos que la nueva escritura afecte, ofreciéndole seguridad jurídica, orden, control e inmediatez.

 

Operaciones Hipotecarias

Este servicio permite adecuarse a los requisitos establecidos en la Ley de Crédito Inmobiliario, en vigor desde el 16 de junio 2019. Los notarios deben verificar que las entidades financieras han entregado a los prestatarios toda la documentación del préstamo con tiempo suficiente y que la información entregada es la que debe ser, en función del tipo de préstamo acordado por las partes, así como explicar cada una de las cláusulas del préstamo y realizar un test de comprensión.

Registro Civil

Los notarios pueden realizar solicitudes de certificados literales de nacimiento y de matrimonio al Registro Civil correspondiente. Mediante este servicio, es posible obtener por medios electrónicos el certificado emitido por el Registro.

Otros servicios

  • Cierre del Índice Único
  • Consulta y Pago de Deudas IBI
  • Envío de Copia Electrónica
  • Liquidación de Plusvalías
  • OCP Comunicaciones
  • Solicitud de Denominación Social
  • Voluntades Anticipadas

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