El porcentaje de acuerdo en la mediación notarial supera el 70 por ciento

El Notariado informa

Búsqueda  
null El porcentaje de acuerdo en la mediación notarial supera el 70 por ciento

Mañana, 21 de enero, se celebra el Día Europeo de la Mediación

El porcentaje de acuerdo en la mediación notarial supera el 70 por ciento

“El porcentaje de acuerdos a los que se llega con la mediación notarial supera 70 por ciento”, señala Concepción Barrio, vicepresidenta de la Fundación SIGNUM y vicedecana del Colegio Notarial de Madrid”. Esta notaria-mediadora resalta “el crecimiento del uso de medios telemáticos en la mediación durante 2020, un canal previsto por ley que sin duda ha llegado para quedarse".

20/01/2021

Diversos Colegios Notariales han impulsado sus propios centros especializados en mediación El acuerdo de mediación puede ser elevado a escritura pública, título ejecutivo que ofrece la máxima seguridad jurídica en nuestro Derecho

En virtud de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, los notarios pueden ejercer como mediadores tras superar un curso de formación específica. De hecho, varios Colegios Notariales han impulsado centros de mediación que imparten cursos homologados en esta materia.

La mediación supone un ahorro de tiempo, ya que la duración media de un proceso de mediación es de unas pocas semanas, frente a los plazos mucho mayores de la vía judicial. También supone una reducción de costes, ya que no se incurre en gastos de procurador, tasas judiciales o posible condena en costas.

La mediación puede aplicarse en conflictos civiles: por ejemplo, entre propietarios, o por contratos bancarios o hipotecarios, o en la compraventa de un inmueble o en el alquiler. También es una vía alternativa para resolver cuestiones mercantiles, como conflictos entre empresas y clientes, o entre empresas y proveedores, y familiares, por herencias, de pareja o en la empresa familiar.

El acuerdo de mediación notarial puede ser elevado a escritura pública, título ejecutivo que ofrece la máxima seguridad jurídica en nuestro Derecho.

Al notario le avala para ejercer de mediador su preparación jurídica, así como los principios de independencia e imparcialidad. “En la actividad notarial, muchas veces, en el día a día, mediamos sin darnos cuenta”, comenta el notario Eduardo García Parra, patrono delegado de la Fundación Notarial para la Mediación y el Arbitraje ‘Solutio Litis’, del Colegio Notarial de Valencia. Estos factores, con ser importantes, exigen de una formación complementaria, como destaca José Alberto Marín, miembro del Centro de Mediación y Conciliación Notarial de la Fundació Mediació Notarial y decano del Colegio Notarial de Cataluña. “Nosotros por ser notarios podemos ser conciliadores, pero para ser mediadores se requiere una formación muy específica basada en técnicas de mediación que son las que, al final, permiten llegar a acuerdos”, explica. “En la mediación los propios interesados asumen voluntariamente la responsabilidad de resolver sus conflictos y lograr acuerdos satisfactorios para todos, a través de un procedimiento simple y flexible, facilitado por la presencia imparcial y confidencial del notario preparado para ello”, concluye Mercedes Álvarez Rodríguez, miembro del patronato de la Fundación Notarial Andaluza para la Mediación y el Arbitraje (NEXUM) y censora de la junta directiva del Colegio Notarial de Andalucía.

Los representantes de estos centros notariales coinciden en que es fundamental impulsar la mediación como vía para aliviar de trabajo a la Administración de Justicia. “Hay que impulsarla, y en este momento más, con el parón de los juzgados”, comenta García Parra. Una opinión que comparte José Alberto Marín, quien considera que la mediación puede ser “una oportunidad muy importante para las personas tras la situación creada a raíz de la pandemia”. “Se lleva muchísimo tiempo hablando de que hay que impulsar la mediación, que es necesaria”, subraya Concepción Barrio. En este sentido, considera importante que el Ministro de Justicia “haya solicitado a los notarios la colaboración en el plan de reactivación de la Justicia, sobre todo a través de vías alternativas a la judicial para la resolución de conflictos”.

Voces relacionadas

Noticias más visitadas

15/03/2020

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dicta una Instrucción sobre la prestación del servicio público notarial

14/04/2020

El Notariado propone la autorización electrónica de las pólizas para la financiación de empresas y particulares

01/03/2023

Presentación del libro NIHIL PRIUS FIDE

Información relacionada

20/01/2022

El Notariado apuesta por impulsar la mediación telemática

20/01/2022

El Notariado apuesta por impulsar la mediación telemática

14/07/2021

¿En qué casos se puede recurrir a la mediación y qué beneficios aporta?

24/02/2021

Estoy pensando en donar un inmueble a un familiar y, dada la situación actual, me gustaría saber si se pueden hacer los trámites de forma telemática.

10/02/2021

Estoy pensando en adquirir un traspaso de un pequeño local con un grupo de amigos de los cuales ninguno somos autónomo. ¿Qué tipo de sociedad deberíamos constituir y qué ventajas o desventajas presenta la sociedad colectiva frente a otras alternativas?

Suscripciones

Suscríbase

Reciba las noticias de Notariado en su bandeja de correo electrónico.

Responsable: Consejo General del Notariado.

Finalidad: enviar al usuario comunicaciones de alertas y el boletín informativo del Notariado y gestión de las solicitudes realizadas.

Legitimación: consentimiento del usuario.

Destinatarios: no se cederán datos a terceros salvo en caso de obligación legal.

Derechos: acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad de los datos en las condiciones establecidas en la Política de privacidad del CGN.

Información puede consultar la Política de Privacidad del CGN.

Texto a identificar Refrescar CAPTCHA