Notas de prensa
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Santander, 21 de julio.- Los ponentes del seminario "Jurisdicción Voluntaria: expedientes notariales" -que está teniendo lugar esta semana en el Palacio de la Magdalena de Santander, sede de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo- pusieron de manifiesto los beneficios que la Ley de Jurisdicción Voluntaria aporta en los casos de fallecimiento sin realizar testamento. Hasta ahora los notarios sólo podían declarar herederos a padres, abuelos, hijos o cónyuges del fallecido; ahora se suman otros familiares, como hermanos o primos. Antes de la reforma, la declaración de herederos colaterales debía realizarse en un juzgado y tardaba siete meses de media según la última memoria del CGPJ. Ante notario el plazo máximo es de tres meses, aunque se suele tardar menos. FOTOS DISPONIBLES EN GALERÍA MULTIMEDIA
Santander, 21 de julio.- Los ponentes del seminario "Jurisdicción Voluntaria: expedientes notariales" -que está teniendo lugar esta semana en el Palacio de la Magdalena de Santander, sede de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo- pusieron de manifiesto los beneficios que la Ley de Jurisdicción Voluntaria aporta en los casos de fallecimiento sin realizar...
21 jul. 2016