En este episodio trataremos uno de los temas de mayor actualidad en los últimos meses y que se plantea de manera regular en las notarías: ¿pueden las personas con discapacidad ejercer su capacidad jurídica?
Y es que, tras muchos años de esfuerzo, reticencias y obstáculos, se encuentra en sede parlamentaria el proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Esta reforma impulsada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, el CERMI, es la mayor del derecho privado español y permite que nuestro país asuma el compromiso de dar cumplimiento al artículo 12 de la Convención de la ONU de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad.
De esta manera, la asistencia y apoyo a las personas con discapacidad se desvincula por fin de la restricción de sus derechos. En adelante pasará por potenciar el ejercicio de su capacidad, gravitando y entrando de lleno en el ámbito de la actuación notarial
Varias serán las reformas que esta ley introducirá en el ordenamiento jurídico, siendo la que atañe al Código Civil la más extensa y de mayor calado. Las normas afectadas por esta reforma irán desde algunas relativas al Derecho internacional privado, como la nacionalidad o acciones de filiación, a ciertas reglas sobre los efectos de las crisis matrimoniales cuando hay hijos mayores de edad con discapacidad que precisen apoyo. También experimentarán modificaciones puntuales algunos preceptos relativos a la sociedad de gananciales cuando uno de los cónyuges precisara de medidas de apoyo.
Por lo tanto, gracias a esta ley, las personas con discapacidad podrán, sin mengua de su seguridad, asumir las riendas de su vida; decidir cuándo contratar o celebrar un negocio, e intervenir en el diseño de las instituciones de apoyo y asistencia que requieran. En definitiva, ser protagonistas de las decisiones que les afectan en igualdad de condiciones con los demás.