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Segundo aniversario de la entrada en vigor de la LCCI reguladora de los contratos de crédito inmobiliario

La tendencia de aplicación de la LCCI ha sido alcista y se ha mantenido en niveles más altos que la propia formalización de préstamos hipotecarios a nivel nacional y en casi todas las autonomías.

  • El 16 de junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), con el objetivo, entre otros, de reforzar la protección del consumidor y la seguridad jurídica de la fase precontractual del préstamo hipotecario. 

    En esta ley se garantiza el derecho del consumidor a elegir el notario que prefiera y a reunirse con él a solas para poder consultarle sus dudas, sin ningún coste asociado a ello. Una vez que el consumidor ha elegido el notario, se lo comunica a la entidad financiera con la que vaya a contratar el préstamo hipotecario para que pueda remitirle la documentación.

    Según la experiencia notarial en estos dos años, la nueva normativa ha facilitado la elección de notario por los clientes de las entidades financieras; un derecho que corresponde al prestatario y que es irrenunciable.

    Por otro lado, la ley establece que tienen que transcurrir como mínimo 10 días naturales desde que la entidad financiera pone la documentación a disposición del notario elegido en la Sede Electrónica Notarial hasta que se autoriza y firma la escritura de préstamo hipotecario.

    Tras los dos primeros años de aplicación de la ley, la experiencia muestra que estos encuentros a solas con el notario se producen, de media, entre 7 y 3 días antes de la autorización y firma del préstamo.

     

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