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Por supuesto, un ciudadano de cualquier país puede acudir al despacho de un notario español y otorgar un poder. Pero para evitarse un viaje ex profeso para esta gestión, puede también otorgar el poder en el Consulado español, o ante un notario francés y será válido en España. Si lo otorga ante un notario francés, el poder tiene que complementarse con un sencillo requisito administrativo que se denomina “legalización” o apostilla. Una apostilla es una anotación sobre el documento público notarial que certifica la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país. En concreto, la denominada Apostilla de La Haya permite que se reconozca la eficacia jurídica de un poder entre países firmantes del Convenio de La Haya, que, en la actualidad, son prácticamente todos.</p>
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