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Crear una empresa

<p> Una sociedad mercantil es una persona jur&iacute;dica distinta a los socios, lo que tiene como principal efecto, en principio, que los derechos o las deudas de la sociedad mercantil no son derechos o deudas de los socios. Por esta raz&oacute;n, es l&oacute;gico que la ley exija unos determinados requisitos de orden y publicidad.</p> <p> El notario elaborar&aacute; la escritura p&uacute;blica de constituci&oacute;n de la sociedad, en la que incluir&aacute; los aspectos fundamentales de su funcionamiento (su objeto, administradores, forma de tomar acuerdos, r&eacute;gimen de transmisi&oacute;n de participaciones, etc.) El notario le aconsejar&aacute; sobre todos estos aspectos, de gran importancia en la vida de la sociedad mercantil. &nbsp;Ser&aacute; necesario tambi&eacute;n realizar una serie de tr&aacute;mites: aportar un certificado del Registro Mercantil Central de que el nombre que se va a dar a la empresa no es utilizado por ninguna otra (pueden pedirlo por v&iacute;a telem&aacute;tica desde la propia notar&iacute;a) y un certificado bancario de haber realizado la aportaci&oacute;n del capital m&iacute;nimo de la sociedad (para las sociedades limitadas el capital m&iacute;nimo es de 3000 euros). El notario incorporar&aacute; ambos certificados a la escritura.</p> <p> Una vez firmada la escritura de constituci&oacute;n, deber&aacute; obtener el C&oacute;digo de Identificaci&oacute;n Fiscal (CIF) provisional, que asigna Hacienda y es necesario para las actividades econ&oacute;micas o, en su caso, recibir subvenciones. El CIF ser&iacute;a el equivalente al DNI de las personas f&iacute;sicas y puede solicitar al notario su tramitaci&oacute;n <em>online</em>. Deber&aacute; darse de alta en Hacienda en Actividades econ&oacute;micas y obligaciones fiscales (modelo 036). Tras presentar copia de la escritura p&uacute;blica en Hacienda para la liquidaci&oacute;n del impuesto (actualmente la constituci&oacute;n de sociedad est&aacute; exenta), deber&aacute; inscribirla en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tenga su domicilio. Una vez inscrita, obtendr&aacute; el CIF definitivo. Parecen tr&aacute;mites engorrosos, pero, en realidad, no lo son tanto y la mayor&iacute;a los puede hacer el notario por v&iacute;a telem&aacute;tica en su nombre. Puede informarse de todo en la propia notar&iacute;a.</p>

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