Funciones

Los fines esenciales del CGN son: colaborar con la Administración, mantener la organización colegial, coordinar las funciones de los Colegios Notariales, asumiéndolas en los casos legalmente establecidos, dictar Circulares de orden interno de obligado cumplimiento para los Colegios y los notarios en las materias reglamentariamente previstas, y ostentar la representación unitaria del Notariado español.

Pueden verse las funciones del CGN en el art. 344 del Reglamento Notarial.

Normativa aplicable

Su regulación se encuentra en el Reglamento Notarial (artículos 336 y siguientes).