Indice único

Índice Único

El Índice Único Informatizado Notarial permite realizar a los notarios, de forma telemática, las comunicaciones periódicas al Consejo General del Notariado de datos sobre los documentos autorizados en sus notarías para que puedan ser procesados y enviados posteriormente a cada uno de los destinatarios según las obligaciones de información, tanto corporativas como con las Administraciones. Por otro lado, facilita elaborar estadísticas acerca de la actividad notarial, las cuales canalizan aspectos muy importantes de la vida jurídica y económica existente en España que el Notariado pone a disposición de la sociedad, igual que hacen los Notariados de los países más avanzados de nuestro entorno. (Ver Centro de Información Estadística del Notariado).

 

La comunicación del Índice Único Informatizado Notarial se efectúa mediante la Firma Electrónica Reconocida Notarial (Feren).  Este Índice tiene carácter de documento público.

 

 

Las notarías remiten con periodicidad quincenal, incluso diaria para algunos organismos como las CCAA y ayuntamientos con sistemas tecnológicos avanzados, los documentos autorizados para que desde el Consejo General del Notariado, vía Ancert, se distribuya la información a los siguientes y principales destinatarios:

 

 

  • Comunidades autónomas. Para conocimiento de operaciones con afectación fiscal.
  • Dirección General de Catastro estatal y foral (Vizcaya, Álava, Guipúzcoa y Navarra). Para conocimiento de operaciones con alteración catastral.
  • Ayuntamientos y diputaciones. Para conocimiento de operaciones con afectación de la plusvalía.
  • Registros mercantiles, propiedad, fundaciones, cooperativas, etc. Para el conocimiento de un número elevado de actos relacionado con dichos organismos (constituciones, ampliaciones, compraventas, poderes, nombramientos y ceses de cargos, etc.)
  • Consejo General del Poder Judicial, para conocimiento de los poderes procesales otorgados desde las notarías y conocer su subsistencia.
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), para conocimiento en materia fiscal.
  • Colegios notariales. Para la propia gestión colegial.

 

Adicionalmente los datos del Índice Único Informatizado Notarial son utilizados por el Órgano Centralizado para la Prevención del blanqueo de capitales y por el Órgano de Control Tributario. Ambos entes actúan en nombre de los notarios y colaboran respectivamente con el Sepblac, fiscalías y la Agencia Tributaria (AEAT) en la lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal. Determinados datos también son remitidos al Instituto Nacional de Estadística (INE) y al Ministerio de Vivienda para la elaboración de estadísticas de interés para la sociedad española.

 

Esta remisión se efectúa por el mismo canal y formato desde todas las notarías de España, habiéndose obtenido un sistema homogéneo y eficiente de colaboración con las Administraciones Públicas.

 

 

El servicio entró en funcionamiento en enero de 2004, constituyéndose desde entonces como un sistema crucial para el cumplimiento de las obligaciones del notario.  Desde el 1 de enero de 2007 funciona un nuevo Índice Único Notarial, que ha evolucionado respecto al anterior, mejorando tanto el contenido como la periodicidad de envío de la información, llegando a ser diaria desde el año 2011 en función de las necesidades y tecnología aplicada en los órganos receptores.

 

Ancert

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